Venta de entradas del Recinto Ferial de Tenerife

Términos y condiciones de la compra de entradas.

La adquisición de una entrada significa la aceptación de las siguientes condiciones:

  • Solo será aceptada como válida la primera entrada presentada en el recinto y no se admitirán posteriores intentos de acceso con la misma entrada.
  • Deberá presentar la entrada en la zona de acceso al recinto donde mediante control con scanner sólo accederá quien porte por primera vez la misma.
  • Quien adquiera la entrada asume toda responsabilidad en caso de que dicha entrada se presente por duplicado, fotocopiada o falsificada, perdiendo todos los derechos que ésta le otorga para poder acceder al recinto.
  • No se admitirán devoluciones o cambios de entrada, siendo la adquisición de la misma en firme.
  • Cualquier reclamación deberá acompañarse obligatoriamente con la presentación de esta entrada.
  • La Organización se reserva el derecho de alterar o modificar los datos del evento pero se compromete a avisar de la debida forma.
  • Al entrar al recinto, el público puede estar sujeto a un registro según Ley. No se permite la entrada de objetos que puedan ser considerados peligrosos por la Organización o prohibidos por la normativa vigente. No se permitirá la entrada de cascos de motocicleta y paraguas de forma adicional a lo anterior.
  • La Organización se reserva el derecho de admisión. En especial denegando el acceso o expulsando a los asistentes que puedan racionalmente presumirse que va a implicar una situación de riesgo o peligro para el mismo u otros, por alboroto o por estados de intoxicación aparente o potencial, bajos los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias análogas, responsabilizándose personalmente el portador en todos los casos con sus propias acciones y omisiones que causen lesiones a terceros o daños a cosas.
  • La Organización no se hace responsable de los objetos personales de los asistentes, así como tampoco de los bienes perdidos o sustraídos.
  • Se prohíbe la entrada de perros y otros animales domésticos con excepción de perros lazarillo, según la Ordenanza Municipal sobre protección y tenencia de animales del término Municipal de Santa Cruz de Tenerife.
  • La Organización se reserva el derecho de admisión cuando se incumplan alguna de las normas de este documento, otras normas que la Organización haya expresado o vayan en contra del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, en especial en lo que hace referencia a los artículos 59, 60 y 61.
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